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Deflactar el IRPF: Medida fiscal que consiste en ajustar el pago de este impuesto a los niveles de inflación para evitar que aumente la carga fiscal del contribuyente.
1. El IRPF
2. Por qué se debe deflactar el IRPF
3. Efecto de una subida de sueldo en el IRPF (ejemplo 1)
4. Cómo deflactar el IRPF (ejemplo 2)
5. Conclusiones
IRPF
Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas
Impuesto que grava la renta obtenida por las personas físicas residentes en España.
El IRPF es un impuesto progresivo; esto quiere decir que la tasa que se aplica a la base imponible aumenta a medida que ésta aumenta, de tal forma que los contribuyentes con rentas más altas soportan tipos medios más elevados.
Para ello, la base imponible se fragmenta en tramos, aplicándose a cada uno de estos tramos un tipo impositivo diferente que va aumentando a medida que avanzamos en dichos tramos, tal como se puede observar en la tabla vigente en España para 2022:
De esta forma, el primer tramo va desde 0 € hasta los 12.450 € y le corresponde un tipo de gravamen del 19%. El segundo tramo abarca desde los 12.450,01 € hasta los 20.200 €, aplicándosele una tributación del 30%. Desde los 20.200,01 € a los 35.200 € se le aplica el 37%, y continúa con tramos de hasta 60.000 € y más de 300.000 €, a los que se le aplican el 45% y el 47%, respectivamente.
Por lo tanto, el IRPF no grava proporcionalmente la obtención de renta, ya que aplica un gravamen superior a medida que ésta, al aumentar, pasa al siguiente tramo. Sí será proporcional mientras la base se mueva dentro de un tramo, pero no cuando pase de uno a otro.
Un inconveniente que tiene esta estructura por tramos es que no se ajustan automáticamente a la inflación; es decir, no tiene en cuenta el incremento del coste de la vida, no se actualizan anualmente, según la variación del IPC y, por lo tanto, las bases y sus correspondientes tipos de gravamen se van desajustando cada año, sobre todo, en aquellos en los que la inflación se dispara. Pues bien, aquí es donde surge la incidencia que provoca la necesidad de deflactar el IRPF.
Cuando nos encontramos en un escenario de elevada inflación, los ciudadanos ven disminuido su poder adquisitivo, ya que contando con los mismos ingresos tendrán que hacer frente a bienes y servicios cada vez más caros.
Pero además, a pesar de disponer de un menor poder adquisitivo, siguen pagando los mismos impuestos, por lo que en realidad están soportando más carga fiscal que antes, ya que se le está aplicando el mismo porcentaje sobre una base que no recoge esa pérdida provocada por la inflación (un contribuyente con un sueldo de 1.000 €, en un escenario con una inflación del 3%, verá mermada su capacidad de compra, ya que su sueldo real será de 970 €, pero, sin embargo, seguirá tributando por los 1.000 €).
La inflación distorsiona el cálculo de la cuota a pagar en el IRPF, ya que incide en la determinación de la base imponible al considerar valores nominales en lugar de a valores reales.
Efectivamente, los impuestos que sujetan las rentas a una escala de tipos de naturaleza progresiva, como es el caso del IRPF, quedan alterados por la inflación de tal forma que el contribuyente se verá obligado a pagar una cuota más alta de la que corresponde a su capacidad económica. Este fenómeno (esta injusticia) se conoce como “progresividad en frío”.
Mientras que los precios suben debido a la inflación, los tipos impositivos del IRPF permanecen constantes, no bajan, y esto hace que aumente la carga impositiva de este impuesto sobre el contribuyente, sin necesidad de que la autoridad fiscal aumente los tipos de gravamen. Es por ello, por lo que se considera que la inflación es un impuesto oculto y silencioso, ya que propicia aumentar la presión fiscal sin necesidad de incrementar los tipos impositivos.
Solo por este motivo, procedería deflactar las tablas del IRPF para compensar esa carga añadida. Sin embargo, como se ha indicado anteriormente, no suele estar establecido un mecanismo automático para deflactar el IRPF. Su aplicación depende de la decisión que adopte la correspondiente autoridad fiscal (Estado, Autonomía, Administración, etc.).
Deflactar el IRPF
Medida fiscal que consiste en ajustar la tarifa del IRPF a la inflación para evitar que los contribuyentes soporten mayores impuestos en un escenario en el que han perdido poder adquisitivo por un incremento de la inflación.
Más bien, el sistema económico considera mejor, para compensar esta pérdida de poder adquisitivo, subir los sueldos de los ciudadanos, intentando así adaptarse a esos incrementos de la inflación. Pero esta medida puede provocar un “efecto secundario” que hay que considerar: el aumento, más que proporcional, de la carga impositiva sobre el contribuyente, acentuándose aún más el efecto de la "progresividad en frío" descrito anteriormente.
Efectivamente, como se ha indicado anteriormente, el IRPF es un impuesto progresivo (a medida que aumenta la base imponible, aumenta la tasa del impuesto mediante el sistema de tramos). Por lo tanto, es más que probable que una subida salarial haga saltar la base al siguiente tramo del IRPF, y con ello, se aplique un tipo impositivo mayor, haciendo que el contribuyente pague más impuestos que antes, no solo en la proporción que le hubiera correspondido por haber recibido más renta, sino por haber subido el tipo impositivo (veremos un ejemplo práctico de este efecto en el apartado 3).
Evidentemente, el tipo de gravamen sube de manera artificial (al saltar la base al siguiente tramo), por el mero hecho de subir el sueldo, aunque este incremento de sueldo sea sólo nominal, debido a la inflación, y no real.
Observemos que esta contribución que hace el ciudadano al sistema fiscal no es un fiel reflejo de su mayor capacidad de ingresos, ya que esta subida lo que pretendía era, precisamente, reponer esa pérdida de poder adquisitivo, era reflejar el encarecimiento del coste de la vida. Si se le aplica un tipo de gravamen mayor que antes, es decir, si se le aplica una subida de impuestos más que proporcional, se está mermando el objetivo de esa subida de sueldo.
En conclusión, si al contribuyente se le sube el sueldo para evitar que pierda poder adquisitivo y no se deflactan los importes de los tramos o los tipos de gravamen del IRPF, soportará más carga fiscal y, por lo tanto, seguirá perdiendo poder adquisitivo. Dicho de otra forma, no deflactar el IRPF en un escenario inflacionista implica una subida de impuestos.
Para evitar esta subida de impuestos encubierta, será necesario reajustar la tabla del IRPF (modificando los importes de los tramos o los tipos) para ajustar las cuotas a pagar a los niveles de inflación y, para ello, se recurre a la deflactación del IRPF.
Es necesario Deflactar el IRPF
para evitar que un aumento en el sueldo del contribuyente provoque un aumento más que proporcional de este impuesto.
Esta medida fiscal se utiliza para asegurar que el efecto que la subida de sueldos tiene sobre los impuestos personales no disminuya el poder adquisitivo del contribuyente. No se trata, por lo tanto, de bajar los impuestos, sino de adaptarlos a un nuevo escenario creado por la inflación mediante la modificación de los tramos o de los tipos y así garantizar que los contribuyentes mantengan su capacidad económica.
Evidentemente, aun así, con el IRPF ya deflactado, el contribuyente pagará más impuestos, pero lo hará proporcionalmente al nuevo ingreso recibido, en el mismo porcentaje que lo venía haciendo antes de la subida de sueldo, ya que se ha evitado pasar al siguiente tramo.
Para entender mejor este mecanismo, se va a desarrollar un ejemplo práctico en los dos siguientes apartados; en el primero (apartado 3), se muestra el efecto que tiene una subida de sueldo en este impuesto, y en el segundo (apartado 4) se explicará cómo se deflacta el IRPF.
3. Efecto de la subida de sueldo en el IRPF (ejemplo 1)
En este apartado se muestra el efecto que tiene una subida de sueldo en la cuota a pagar en el IRPF y también la necesidad de deflactar el IRPF cuando al contribuyente se le sube el sueldo.
Ejemplo 1:
Un ciudadano tiene un sueldo de 35.000 euros anuales. A la hora de tributar por el IRPF lo hará de la siguiente forma:
Primero, tenemos que ver dónde queda encasillada su base imponible y, para ello, nos vamos a la primera columna (Base hasta) y seleccionamos el mayor importe que no supere los 35.000 euros. En este caso, sería la que señala 20.200 €. Pues bien, esa fila nos dará todos los datos que necesitamos para calcular la cuota.
Tal como nos indica dicha fila, para un importe de 20.200 €, le corresponde una cuota de 4.225,50 € y para el resto, 14.800 € (35.000 € - 20.200 €) le corresponde aplicar un tipo del 30%, que nos dará una cuota de 4.440,00 €.
La suma de ambas cuotas, 8.665,50 €, nos da la cuota total que le corresponde a este sueldo de 35.000 €.
Un análisis de la relación que existe entre la cuota y la base imponible nos ayudará a entender la repercusión que este impuesto tiene sobre el sueldo.
Por un lado, si dividimos la cuota a pagar entre el sueldo, obtendremos lo que se denomina Tipo efectivo, que para este caso es del 24,76%.
Por otro lado, tenemos lo que se denomina el Tipo marginal, que es aquel tipo máximo que se aplica a la base. Para este caso, el tipo marginal es del 30%.
Tipo efectivo
El tipo medio de gravamen
que se aplica a la base.
Tipo marginal
El tipo máximo de gravamen que se aplica a la base.
Mientras que el tipo efectivo representa la carga tributaria media que soporta el contribuyente, ya que se calcula por la proporción que existe entre la cuota a pagar y su salario, el tipo marginal representa el tipo adicional y máximo que se aplica a las base. Dicho de otra forma, el tipo marginal es el que se aplica al euro que se gana de más, ya que a cualquier aumento de la base se le aplicará ese porcentaje, de ahí la definición que da el premio Nobel de Economía, Paul Krugman: "El tipo marginal es el impuesto adicional que se paga por cada euro de más que se percibe".
Pero sigamos con el ejemplo. Ahora, tras un incremento continuado de la inflación, se decide, para compensar esa pérdida del poder adquisitivo del contribuyente, subirle el sueldo un 8%; esto supone un aumento de 2.800 €, pasando a cobrar 37.800 €.
Para calcular ahora la cuota que deberá pagar por este impuesto, procedemos igual que antes: seleccionamos de la primera columna ("Base hasta") aquella casilla que contenga la mayor base sin que supere los 37.800 €, observando que sería la casilla que marca 35.200 €.
Observemos que se ha pasado del segundo tramo (hasta 20.200 €) al tercer tramo (hasta 35.200 €), lo que significa que el exceso sobre este límite (2.600 €) tributará ahora al 37%.
Por lo tanto, este contribuyente pagará, según los cálculos que se detallan en el siguiente gráfico, 9.687,50 €.
Observemos en la siguiente tabla que compara la situación anterior con la actual (con la subida salarial) que el tipo marginal se ha incrementado en 7 puntos porcentuales (del 30% al 37%) y aquí es donde se produce esa "injusticia" que se pretende subsanar al deflactar el IRPF.
Efectivamente, el sueldo ha aumentado en 2.800 €, pero los impuestos también se han incrementado, concretamente, en 1.022 €, y no de forma proporcional o al mismo tipo marginal que tenía antes, sino a un tipo superior (al 37%), lo que ha supuesto que la carga tributaria que soporta ahora el contribuyente (el tipo efectivo) ha subido 0,87 puntos porcentuales (del 24,76% al 25,63%), aunque su capacidad económica ha permanecido inalterada.
Si hubiera mantenido el mismo tipo marginal que antes de la subida salarial (el 30%), su tributación hubiera sido de 9.506 €; es decir, le hubiera subido los impuestos 840 €, en lugar de los 1.022 €, que sí sería lo justo, ya que correspondería con un incremento proporcional respecto al tipo marginal que tenía antes.
Con este ejemplo, queda demostrada la "injusticia" que se provoca al ascender un tramo en las bases imponibles de este impuesto por el hecho de una subida de salario que se realizó, precisamente, para compensar la pérdida del poder adquisitivo del contribuyente por la subida de los precios y que, por lo tanto, no obedecía a un aumento de su capacidad para generar renta, que es el objetivo de este impuesto.
El contribuyente, con esta subida salarial no se ha enriquecido y sin embargo, va a pagar más impuestos. Es necesario, pues, deflactar el IRPF para que mantenga la misma estructura fiscal que tenía antes de la inflación y de la subida de sueldo.
Una vez demostrada la necesidad de deflactar el IRPF, pasamos a explicar detalladamente cómo se realiza esta operación.
Como se ha dicho anteriormente, el objetivo de deflactar el IRPF es que el contribuyente tribute con el mismo porcentaje que tenía antes de la subida salarial. Para ello, se podría optar por dos sistemas distintos:
La primera opción consistiría en bajar los tipos de gravamen el mismo porcentaje que se suben los sueldos. De esta forma, se anularía ese incremento tributario provocado por los tramos.
La segunda opción, que es la que se suele aplicar y, por ello, la que se va a desarrollar a partir de ahora, consiste en aumentar los importes de los tramos; es decir, ensanchar los tramos de las bases para dificultar así saltar de un tipo a otro.
Bastaría, entonces, con elevar los importes de los tramos en los que está fragmentada la base imponible sobre la que se aplican los diferentes tipos de gravamen para evitar que un aumento en el sueldo, motivado por un aumento de la inflación, provoque un salto al siguiente tramo y, con ello, un aumento en el tipo de gravamen a aplicar y, por consiguiente, en la cuota a pagar.
Dicho de otra forma, deflactar el IRPF consiste en ensanchar los tramos en los que se fragmenta la base imponible para que una subida de sueldo no implique un aumento del tipo marginal y, con ello, un aumento de la carga tributaria. Al deflactar los tramos se consigue que el contribuyente, tras una subida en su sueldo, siga tributando al mismo tipo marginal que antes de la subida.
Al deflactar el IRPF se modifican los tramos impositivos para ajustar la progresión de este impuesto a la inflación. Lo que se busca es que el contribuyente, aunque cobre un poco más, se le aplique el mismo porcentaje de IPRF que se le aplicaba hasta ese momento (hasta la subida de sueldo).
Ejemplo 2:
Partiendo de la tabla oficial 2022, con la que se ha trabajado anteriormente, se decide deflactar los importes de la primera columna "Base hasta" con el mismo porcentaje que se ha aplicado a la subida del sueldo del contribuyente, el 8%.
El resultado es la nueva tabla de la derecha:
Impuesto
Progresivo
Cuando la tasa del impuesto aumenta a medida que aumenta la base imponible.
Impuesto proporcional
Cuando la tasa del impuesto se mantiene constante cualquiera que sea la base imponible.
IRPF
Impuesto que grava los rendimientos fragmentando su importe en tramos sobre los que recae una escala de tipos impositivos
Deflactar el IRPF
Medida fiscal que consiste en ajustar el salario real y el poder adquisitivo del contribuyente a la inflación para evitar que paguen más impuestos.
El poder adquisitivo es la cantidad de bienes o servicios que pueden conseguirse con una cantidad de dinero fija, según sea el nivel de precios.
Valor que incluye el efecto de la inflación.
Valor que tiene descontado el efecto de la inflación.
Progresividad
en frío
Distorsiones que
produce la inflación en el IRPF aumentando la carga impositiva sobre el contribuyente.
Deflactar el IRPF
Ajustar la progresión del IRPF a la inflación.
Modificar los tramos o los tipos para ajustar la progresión de este impuesto a la progresión de la inflación
Una subida de sueldo puede provocar un salto al siguiente tramo, aplicándose entonces un mayor tipo impositivo y, por consiguiente, un mayor importe de la cuota a pagar por este impuesto.
Es el valor observado directamente.
Es el valor nominal después de eliminar el efecto de la inflación.
Deflactar el IRPF
Cuando al contribuyente se le practica una subida de sueldo para compensar el aumento de la inflación, se acentúa aún más el aumento de su carga impositiva y se hace más necesario deflactar el IRPF.
Tipo efectivo
Impuesto dividido entre sueldo.
Tipo marginal
El tipo máximo de gravamen que se aplica a la base.
Tipo efectivo
El tipo medio de gravamen
que se aplica al contribuyente
Tipo marginal
El tipo máximo que soporta el contribuyente
Si no se deflacta el IRPF, se produce una subida encubierta del impuesto.
Deflactar el IRPF
Ensanchar los tramos de las bases para evitar saltar de un tipo a otro
De esta forma, podemos observar en esta segunda tabla que:
Efectivamente, lo único que no varían son los tipos de gravamen, permanecen los mismos de la tabla anterior, ya que solo se deflactan los importes de las bases imponibles y, como consecuencia, los de las cuotas y del resto de la base.
De esta forma, se consigue "ensanchar" los tramos y, con ello, ampliar el margen sobre el que actúan los diferentes tipos impositivos, dificultando así cambiar de un tramo a otro y, por consiguiente, evitar que suba el tipo marginal por un incremento de la base.
Toca ahora calcular el impuesto que corresponde pagar con esta nueva tabla:
Observamos que ahora el impuesto asciende a 9.358,74 €, lo que supone 329 € menos que antes de deflactar los tramos, debido a que no se llega a aplicar el tipo marginal del 37% a ningún importe y, como consecuencia, el tipo efectivo, el tipo medio impositivo que soporta el contribuyente, baja del 25,63% al 24,76%, el mismo que tenía antes de la subida salarial.
Efectivamente, si volvemos a comparar la situación inicial, antes de la subida salarial (con 35.000 € de sueldo) con la situación después de la subida (con 37.800 € de sueldo), pero aplicando ahora este nuevo cuadro deflactado, observamos que tanto el tipo efectivo como el marginal no varían:
Esto quiere decir que el contribuyente soporta ahora la misma proporción de impuesto sobre su sueldo que antes de la subida, y el tipo marginal continua siendo el mismo, el 30%. Todo ello da como consecuencia que su sueldo neto aumente de los 1.778 € (antes de deflactar) a los 2.107 € (después de deflactar).
Vemos entonces cómo al deflactar los tramos se obtiene el objetivo propuesto, que no es otro que mantener la misma carga y estructura fiscal que existía antes de la subida de sueldo.
El contribuyente que ha recibido una subida de sueldo, pagará un poco más de impuestos que antes de la subida, pero, al no cambiar de tramo, mantendrá el mismo tipo efectivo que soportaba antes de la subida salarial.
Hagamos ahora un análisis comparativo de ambas situaciones para ver el efecto de este impuesto ante una subida de sueldo con y sin deflactar el IRPF.
Partimos, en la primera columna, de la situación inicial; aquella en la que el sueldo es de 35.000 € y, por ello, se tributa 8.666 €, y la vamos a comparar, primero con la subida salarial a 37,800 € aplicando la misma tabla de tramos (sin deflactar), y después, con la misma subida salarial, pero en esta ocasión, con la tabla de tramos ya deflactada:
Como hemos dicho anteriormente, deflactar el IRPF ha supuesto mantener, después de la subida de sueldo, el mismo tipo marginal que tenía antes de esa subida salarial (el 30%) y, como consecuencia, la misma proporción en la carga fiscal (tipo efectivo del 24,76 %), objetivo de esta medida fiscal, manteniendo así el poder adquisitivo del contribuyente que ahora goza de una subida neta de sueldo mayor que sin deflactar los tramos del IRPF (2.107 € frente a los 1.778 € anteriores).
Podría decirse que el contribuyente ha ganado (o ha recuperado) 329 € (2.107 € menos 1.778 €), gracias a deflactar el IRPF, ya que esos 329 € son los que antes se los retenían como impuestos (1.022 € - 693 €). Es decir, ha recuperado esos impuestos "encubiertos" que pretendían cargarle con la tabla anterior sin deflactar. Visto así, ha obtenido un ahorro fiscal de 329 €.
Del contenido de este artículo se pueden sacar tres conclusiones:
Pues bien, si se ha demostrado que es de justicia deflactar el IRPF, ¿por qué hay que esperar que una Administración decida su aplicación?
Lo más lógico, natural, justo y razonable es que la deflactación del IRPF se realizara siempre de forma automática, sin necesidad que un Gobierno o una Autonomía decidan su aplicación en un momento determinado.
En este sentido, se debería establecer en los Presupuesto Generales un mecanismo automático de deflactación, tanto para los tramos del IRPF como para los mínimos personales y familiares, reducciones y deducciones de la cuota.
La deflactación periódica del IRPF, por normativa, permitiría tener siempre actualizada la tabla de tramos, ajustada a la inflación, y mantener así la estructura fiscal del contribuyente.
Al deflactar el IRPF el contribuyente tributará igual que antes, por lo que la subida de su sueldo sí se traduce a un mayor poder adquisitivo.
Es necesario deflactar el IRPF para evitar una subida encubierta de impuestos
La deflactación no sucede de forma automática; es necesario que las Administraciones pongan en marcha este mecanismo como medida para paliar la pérdida del poder adquisitivo del ciudadano.
diciembre 2022